Los economistas deploran que el Proyecto de Ley de Reforma Concursal “desoye a los expertos”

Mar, 18/01/2022

Tras la publicación en el BOCG del Proyecto de Ley de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, el Registro de Economistas Forenses (REFOR), órgano especializado del Consejo General de Economistas de España en materia de reestructuraciones e insolvencias, ha realizado un primer análisis de urgencia de la norma en el que ha detectado que los cambios realizados con respecto al texto del anteproyecto son “prácticamente inexistentes”.

Redacción CEF.- Media/Comunicación CGEE

Según señalan en un comunicado, entre las principales críticas realizadas por los economistas al proyecto de ley se encuentran la “total falta de control” sobre el procedimiento para microempresas que, a su juicio, “podría desembocar en manipulaciones interesadas por parte de ciertos deudores, trasladando la tutela del coste del control de los mismos a los acreedores”.

Así mismo, reprueban la imposibilidad de acceso de las personas naturales, autónomos y empresarios a una “verdadera segunda oportunidad”, del mismo modo que la indefinición de la nueva figura del experto en reestructuración, que, en opinión de los economistas, “será clave” en la gestión prematura de las insolvencias.

También critica la “inexistencia” de disposiciones transitorias de cara a poder testar, antes de su aplicación en 2023, los procedimientos de microempresas. Por último, lamentan la “indefinición” del plazo de aprobación del Reglamento de la Administración concursal, “que deja a los profesionales en una situación de inseguridad que se viene manteniendo desde 2015”.

Con respecto a la inclusión en el proyecto de ley de una exención en segunda oportunidad de 1.000 euros para las deudas con Hacienda Pública y Seguridad Social, respectivamente, los economistas consideran que esta cifra es “meramente testimonial, claramente insuficiente y muy limitada”.

Los expertos de REFOR estiman que sería necesario recuperar la posibilidad real de acceso de las personas naturales a la segunda oportunidad y en cuanto a los empresarios individuales, debería modularse la excesiva protección del crédito público en situaciones de liquidación, de forma que, como mínimo, se exima del pago de los 3 últimos periodos liquidativos (deuda corriente).

En cuanto al consumidor sobreendeudado, debería permitirse la plena exoneración en situaciones usuales, como multas, sanciones o impuestos habituales del último año.

La figura del experto en reestructuración, advierten, está indefinida. Desde el REFOR se entiende que esta figura “es y será esencial en la gestión prematura de las insolvencias mediante el conocimiento especializado del mundo de la empresa”. De hecho, entre las funciones que, de acuerdo con el propio proyecto, debe desempeñar el experto en reestructuraciones, se contemplan las valoraciones de empresa, análisis de viabilidad, etc.

“Si se pretende que esta institución sea una herramienta útil para garantizar el éxito de estos procedimientos, se debería enfocar el ámbito subjetivo hacia los profesionales del mundo de la economía de la empresa y expertos financieros, tales como economistas, titulares mercantiles o auditores”, se indica en el comunicado.

Al respecto, apuntan que sería conveniente establecer en el Proyecto de Ley las condiciones profesionales para ser experto en reestructuraciones, así como las del administrador concursal, por principio de legalidad, “ya que no se definen claramente y se retrasan a un futuro reglamento sin conocerse su regulación, lo que produce inseguridad e indeterminación”.