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Oposiciones a Subgrupo C1: Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Desde 1977 más de 28.000 opositores han cumplido su objetivo gracias a nuestra preparación: convertirse en altos cargos de la Función Pública en España

Nuestra preparación cuenta con plazas limitadas. Por favor, facilítanos tus datos de contacto y te asesoraremos sin compromiso

Descripción y requisitos

¿Qué es el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (anteriormente llamado Cuerpo Auxiliar de Instituciones Penitenciarias) se creó por la Ley 36/1977 distinguiendo la Escala masculina y femenina. Posteriormente, con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres quedaron extinguidas dichas escalas integrándose en una Escala única.

Dichos profesionales constituyen la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores en el sistema penitenciario, siendo la pieza básica del normal funcionamiento de los Centros Penitenciarios en nuestro país y del fin constitucional perseguido, la reeducación y reinserción social.

¿En qué consiste el trabajo en un establecimiento penitenciario?

Las funciones del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias quedan plasmadas en el artículo 3 de la Ley 36/1977, consistiendo principalmente en realizar tareas de vigilancia y custodia interior, velar por la conducta y disciplina de los internos, vigilar el aseo de limpieza de los internos y de los locales, aportar a los distintos órganos colegiados y Equipo Técnico los datos obtenidos por observación directa, participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos y/o desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámites precisos.

Todas estas funciones dependerán del puesto ocupado, ya que podemos distinguir tres grandes áreas donde se desarrolla el trabajo en un Centro Penitenciario:

Área de Vigilancia (V1 y V2)

  • V1: Servicio en los distintos departamentos donde se desarrolla la vida de los internos donde el contacto directo con ellos es mayor
  • V2: Servicio en departamentos donde el contacto con los internos es menor: Polideportivo, cocina, lavandería o comunicaciones entre otros

Área Mixta

  • Servicio en oficinas interiores donde el contacto con los internos es mínimo: Mantenimiento, vestuario o peculio entre otros.

Área de Oficinas

  • Servicio en las oficinas del establecimiento donde el contacto con los internos es nulo y se desarrolla tareas burocráticas: Oficina de régimen, tratamiento, seguridad o administración entre otras.

¿Cuáles son los horarios y los turnos laborales de los funcionarios en los distintos puestos ofertados en la RPT?

Los horarios y turnos laborales están sometidos a la normativa de Función Pública y a las instrucciones de servicio dictadas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

En el área de oficinas y en el área mixta los servicios se realizan en el horario de mañanas, con la posibilidad en la mayoría de Centros Penitenciarios, de realizar un día el “doble turno” para poder librar otro día de la misma semana.

El horario del área de vigilancia es distinto, ya que es votado por la plantilla del Centro Penitenciario, siendo el más habitual:

  • V1: M/T, M/T, N, L,L,L,L,L.
  • V2: M/T, M/T, L, L, L, L.
  • M/T: Se realiza en el mismo día los turnos de mañana y tarde.
  • N: Se realiza el turno de noche.
  • L: Un día competo de libranza.

¿Cuánto se gana mensualmente?

Las retribuciones de los funcionarios públicos se establecen cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pudiendo consultarse en la Ley 48/2015 de 29 de octubre.

Dichas retribuciones se componen de retribuciones básicas y retribuciones complementarias.

A modo exclusivamente orientativo y dependiendo en el Centro Penitenciario donde se preste servicios, además de las correspondientes retenciones particulares  y, suponiendo que no se perciban trienios, un funcionario de nueva incorporación:

  • Retribuciones en V1: 1670 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en V2: 1580 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área mixta: 1500 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área de Oficinas: 1440 euros aproximadamente.

¿Cómo es el sistema de oposición?, ¿Existe la posibilidad de promocionar laboralmente?

La carrera profesional se establece como un derecho en el Estatuto Básico del Empleado Público para todos los funcionarios públicos quedando establecida en 4 modalidades:

  • Promoción interna vertical
  • Promoción interna horizontal
  • Carrera vertical
  • Carrera horizontal

¿Si apruebo la oposición, existe la posibilidad de quedarme en el lugar en el que vivo?

Debido a los 84 Centros Penitenciarios existentes, los 30 Centros de Inserción Social y a los de nueva o futura creación, no es difícil conseguir el destino que se desea en un plazo corto de tiempo, si bien, dependerá de los concursos de traslados convocados al efecto.

¿Con que periodicidad se convocan plazas para el acceso al cuerpo de ayudantes de IIPP?

Las plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se convocan anualmente.

¿Qué es el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (anteriormente llamado Cuerpo Auxiliar de Instituciones Penitenciarias) se creó por la Ley 36/1977 distinguiendo la Escala masculina y femenina. Posteriormente, con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres quedaron extinguidas dichas escalas integrándose en una Escala única.

Dichos profesionales constituyen la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores en el sistema penitenciario, siendo la pieza básica del normal funcionamiento de los Centros Penitenciarios en nuestro país y del fin constitucional perseguido, la reeducación y reinserción social.

¿En qué consiste el trabajo en un establecimiento penitenciario?

Las funciones del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias quedan plasmadas en el artículo 3 de la Ley 36/1977, consistiendo principalmente en realizar tareas de vigilancia y custodia interior, velar por la conducta y disciplina de los internos, vigilar el aseo de limpieza de los internos y de los locales, aportar a los distintos órganos colegiados y Equipo Técnico los datos obtenidos por observación directa, participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos y/o desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámites precisos.

Todas estas funciones dependerán del puesto ocupado, ya que podemos distinguir tres grandes áreas donde se desarrolla el trabajo en un Centro Penitenciario:

Área de Vigilancia (V1 y V2)

  • V1: Servicio en los distintos departamentos donde se desarrolla la vida de los internos donde el contacto directo con ellos es mayor
  • V2: Servicio en departamentos donde el contacto con los internos es menor: Polideportivo, cocina, lavandería o comunicaciones entre otros

Área Mixta

  • Servicio en oficinas interiores donde el contacto con los internos es mínimo: Mantenimiento, vestuario o peculio entre otros.

Área de Oficinas

  • Servicio en las oficinas del establecimiento donde el contacto con los internos es nulo y se desarrolla tareas burocráticas: Oficina de régimen, tratamiento, seguridad o administración entre otras.

¿Cuáles son los horarios y los turnos laborales de los funcionarios en los distintos puestos ofertados en la RPT?

Los horarios y turnos laborales están sometidos a la normativa de Función Pública y a las instrucciones de servicio dictadas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

En el área de oficinas y en el área mixta los servicios se realizan en el horario de mañanas, con la posibilidad en la mayoría de Centros Penitenciarios, de realizar un día el “doble turno” para poder librar otro día de la misma semana.

El horario del área de vigilancia es distinto, ya que es votado por la plantilla del Centro Penitenciario, siendo el más habitual:

  • V1: M/T, M/T, N, L,L,L,L,L.
  • V2: M/T, M/T, L, L, L, L.
  • M/T: Se realiza en el mismo día los turnos de mañana y tarde.
  • N: Se realiza el turno de noche.
  • L: Un día competo de libranza.

¿Cuánto se gana mensualmente?

Las retribuciones de los funcionarios públicos se establecen cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pudiendo consultarse en la Ley 48/2015 de 29 de octubre.

Dichas retribuciones se componen de retribuciones básicas y retribuciones complementarias.

A modo exclusivamente orientativo y dependiendo en el Centro Penitenciario donde se preste servicios, además de las correspondientes retenciones particulares  y, suponiendo que no se perciban trienios, un funcionario de nueva incorporación:

  • Retribuciones en V1: 1670 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en V2: 1580 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área mixta: 1500 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área de Oficinas: 1440 euros aproximadamente.

¿Cómo es el sistema de oposición?, ¿Existe la posibilidad de promocionar laboralmente?

La carrera profesional se establece como un derecho en el Estatuto Básico del Empleado Público para todos los funcionarios públicos quedando establecida en 4 modalidades:

  • Promoción interna vertical
  • Promoción interna horizontal
  • Carrera vertical
  • Carrera horizontal

¿Si apruebo la oposición, existe la posibilidad de quedarme en el lugar en el que vivo?

Debido a los 84 Centros Penitenciarios existentes, los 30 Centros de Inserción Social y a los de nueva o futura creación, no es difícil conseguir el destino que se desea en un plazo corto de tiempo, si bien, dependerá de los concursos de traslados convocados al efecto.

¿Con que periodicidad se convocan plazas para el acceso al cuerpo de ayudantes de IIPP?

Las plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se convocan anualmente.

  • Programa y Ejercicios

    PROCESO SELECTIVO

    El proceso selectivo constará de una fase de oposición con dos pruebas de carácter eliminatorio, curso selectivo y período de prácticas.

    FASE DE OPOSICIÓN

    Tendrá una duración máxima de 6 meses.

    La oposición estará formada por los dos ejercicios siguientes, todos ellos eliminatorios:

    Primer ejercicio. Primera Parte (Prueba de conocimientos generales tipo Test).

    Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 120 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 120 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un 1/3 del valor de una contestación.

    La duración del mismo será de 1 hora y 45 minutos.

    Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

    Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

    Primer ejercicio. Segunda parte: (Supuestos Prácticos).

    Consistirá en resolver por escrito sobre 8 supuestos de carácter práctico, cinco preguntas con cuatro respuestas múltiples por cada supuesto, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un 1/3 del valor de una contestación.

    La duración máxima será de 1 hora y 20 minutos.

    La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

    Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

    La calificación de la fase de oposición: En ambos ejercicios de la fase de oposición, la calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.

    Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes.

    En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

    1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
    2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
    3. Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
    4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.

    Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.

    Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

    La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de 3 meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Este primer ejercicio se desarrollará en Madrid y en Las Palmas de Gran Canaria.

    Segundo ejercicio: (Reconocimiento médico).

    Prueba de aptitud médica: Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V de esta convocatoria.

    Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio. La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será calificada de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder superar esta prueba y la oposición.

    Si el número de declarados «Aptos» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido.

    A los efectos de favorecer la mecánica del proceso selectivo, el Tribunal podrá disponer que determinadas pruebas o parte de las mismas se realicen en la misma fecha.

    Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

    El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de plazas convocadas.

    CURSO SELECTIVO Y PERÍODO DE PRÁCTICAS

    Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán participar en un curso selectivo de formación que, mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, establecerá el calendario, el programa en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen el curso selectivo, no superior a tres meses.

    El curso selectivo se calificará como «Apto» o «No Apto». Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

    Las sesiones lectivas programadas tienen carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 % de las jornadas lectivas del curso selectivo, requisito sin el cual no podrá comparecer al examen.

    Los aspirantes que superen el curso selectivo serán nombrados para realizar un periodo de prácticas con funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en centros penitenciarios. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas los aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de éstas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aún cuando el período no hubiese finalizado.

    Este periodo será evaluable y calificado de «Apto» o «No Apto», será requisito imprescindible, además de ser informado como «Apto» por el órgano encargado del seguimiento en el centro penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 % del periodo de prácticas en centros penitenciarios.

    La duración total de ambos periodos tendrá una duración máxima de dieciocho meses.

    Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.

    Los aspirantes, una vez finalizados y superados ambos periodos, permanecerán en los centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios en prácticas, hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de su nombramiento como funcionarios de carrera.

    Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

  • Precio y calendario

    Precios de los temarios

    Precio
    TEMARIO COMPLETO 108 €
  • Oferta de empleo público

    Convocatoria 2023

    Se publica la Resolución de 17 de noviembre de 2023 (BOE de 22 de noviembre) por la que se convocan 756 plazas de Turno Libre correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2023.

    La solicitud deberá presentarse por vía electrónica en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    Se publica la Resolución de 3 de enero de 2024 (BOE de 9 de noviembre) por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio.

    Todas las personas aspirantes excluidas, así como las omitidas por no figurar en la lista publicada disponen de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.

    PERIMER EJERCICIO: 4 de febrero de 2024, en:

    • Universidad Complutense de Madrid a las 9:00 horas (horario peninsular) y, en
    • Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Edificio de Ingenierías, a las 8:00 horas (horario insular).