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Temario Oposiciones a Subgrupo C1: Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Descripción y requisitos

¿Qué es el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (anteriormente llamado Cuerpo Auxiliar de Instituciones Penitenciarias) se creó por la Ley 36/1977 distinguiendo la Escala masculina y femenina. Posteriormente, con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres quedaron extinguidas dichas escalas integrándose en una Escala única.

Dichos profesionales constituyen la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores en el sistema penitenciario, siendo la pieza básica del normal funcionamiento de los Centros Penitenciarios en nuestro país y del fin constitucional perseguido, la reeducación y reinserción social.

¿En qué consiste el trabajo en un establecimiento penitenciario?

Las funciones del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias quedan plasmadas en el artículo 3 de la Ley 36/1977, consistiendo principalmente en realizar tareas de vigilancia y custodia interior, velar por la conducta y disciplina de los internos, vigilar el aseo de limpieza de los internos y de los locales, aportar a los distintos órganos colegiados y Equipo Técnico los datos obtenidos por observación directa, participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos y/o desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámites precisos.

Todas estas funciones dependerán del puesto ocupado, ya que podemos distinguir tres grandes áreas donde se desarrolla el trabajo en un Centro Penitenciario:

Área de Vigilancia (V1 y V2)

  • V1: Servicio en los distintos departamentos donde se desarrolla la vida de los internos donde el contacto directo con ellos es mayor
  • V2: Servicio en departamentos donde el contacto con los internos es menor: Polideportivo, cocina, lavandería o comunicaciones entre otros

Área Mixta

  • Servicio en oficinas interiores donde el contacto con los internos es mínimo: Mantenimiento, vestuario o peculio entre otros.

Área de Oficinas

  • Servicio en las oficinas del establecimiento donde el contacto con los internos es nulo y se desarrolla tareas burocráticas: Oficina de régimen, tratamiento, seguridad o administración entre otras.

¿Cuáles son los horarios y los turnos laborales de los funcionarios en los distintos puestos ofertados en la RPT?

Los horarios y turnos laborales están sometidos a la normativa de Función Pública y a las instrucciones de servicio dictadas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

En el área de oficinas y en el área mixta los servicios se realizan en el horario de mañanas, con la posibilidad en la mayoría de Centros Penitenciarios, de realizar un día el “doble turno” para poder librar otro día de la misma semana.

El horario del área de vigilancia es distinto, ya que es votado por la plantilla del Centro Penitenciario, siendo el más habitual:

  • V1: M/T, M/T, N, L,L,L,L,L.
  • V2: M/T, M/T, L, L, L, L.
  • M/T: Se realiza en el mismo día los turnos de mañana y tarde.
  • N: Se realiza el turno de noche.
  • L: Un día competo de libranza.

¿Cuánto se gana mensualmente?

Las retribuciones de los funcionarios públicos se establecen cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pudiendo consultarse en la Ley 48/2015 de 29 de octubre.

Dichas retribuciones se componen de retribuciones básicas y retribuciones complementarias.

A modo exclusivamente orientativo y dependiendo en el Centro Penitenciario donde se preste servicios, además de las correspondientes retenciones particulares  y, suponiendo que no se perciban trienios, un funcionario de nueva incorporación:

  • Retribuciones en V1: 1670 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en V2: 1580 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área mixta: 1500 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área de Oficinas: 1440 euros aproximadamente.

¿Cómo es el sistema de oposición?, ¿Existe la posibilidad de promocionar laboralmente?

La carrera profesional se establece como un derecho en el Estatuto Básico del Empleado Público para todos los funcionarios públicos quedando establecida en 4 modalidades:

  • Promoción interna vertical
  • Promoción interna horizontal
  • Carrera vertical
  • Carrera horizontal

¿Si apruebo la oposición, existe la posibilidad de quedarme en el lugar en el que vivo?

Debido a los 84 Centros Penitenciarios existentes, los 30 Centros de Inserción Social y a los de nueva o futura creación, no es difícil conseguir el destino que se desea en un plazo corto de tiempo, si bien, dependerá de los concursos de traslados convocados al efecto.

¿Con que periodicidad se convocan plazas para el acceso al cuerpo de ayudantes de IIPP?

Las plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se convocan anualmente.

¿Qué es el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias?

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias (anteriormente llamado Cuerpo Auxiliar de Instituciones Penitenciarias) se creó por la Ley 36/1977 distinguiendo la Escala masculina y femenina. Posteriormente, con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres quedaron extinguidas dichas escalas integrándose en una Escala única.

Dichos profesionales constituyen la inmensa mayoría del colectivo de trabajadores en el sistema penitenciario, siendo la pieza básica del normal funcionamiento de los Centros Penitenciarios en nuestro país y del fin constitucional perseguido, la reeducación y reinserción social.

¿En qué consiste el trabajo en un establecimiento penitenciario?

Las funciones del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias quedan plasmadas en el artículo 3 de la Ley 36/1977, consistiendo principalmente en realizar tareas de vigilancia y custodia interior, velar por la conducta y disciplina de los internos, vigilar el aseo de limpieza de los internos y de los locales, aportar a los distintos órganos colegiados y Equipo Técnico los datos obtenidos por observación directa, participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos y/o desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámites precisos.

Todas estas funciones dependerán del puesto ocupado, ya que podemos distinguir tres grandes áreas donde se desarrolla el trabajo en un Centro Penitenciario:

Área de Vigilancia (V1 y V2)

  • V1: Servicio en los distintos departamentos donde se desarrolla la vida de los internos donde el contacto directo con ellos es mayor
  • V2: Servicio en departamentos donde el contacto con los internos es menor: Polideportivo, cocina, lavandería o comunicaciones entre otros

Área Mixta

  • Servicio en oficinas interiores donde el contacto con los internos es mínimo: Mantenimiento, vestuario o peculio entre otros.

Área de Oficinas

  • Servicio en las oficinas del establecimiento donde el contacto con los internos es nulo y se desarrolla tareas burocráticas: Oficina de régimen, tratamiento, seguridad o administración entre otras.

¿Cuáles son los horarios y los turnos laborales de los funcionarios en los distintos puestos ofertados en la RPT?

Los horarios y turnos laborales están sometidos a la normativa de Función Pública y a las instrucciones de servicio dictadas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

En el área de oficinas y en el área mixta los servicios se realizan en el horario de mañanas, con la posibilidad en la mayoría de Centros Penitenciarios, de realizar un día el “doble turno” para poder librar otro día de la misma semana.

El horario del área de vigilancia es distinto, ya que es votado por la plantilla del Centro Penitenciario, siendo el más habitual:

  • V1: M/T, M/T, N, L,L,L,L,L.
  • V2: M/T, M/T, L, L, L, L.
  • M/T: Se realiza en el mismo día los turnos de mañana y tarde.
  • N: Se realiza el turno de noche.
  • L: Un día competo de libranza.

¿Cuánto se gana mensualmente?

Las retribuciones de los funcionarios públicos se establecen cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pudiendo consultarse en la Ley 48/2015 de 29 de octubre.

Dichas retribuciones se componen de retribuciones básicas y retribuciones complementarias.

A modo exclusivamente orientativo y dependiendo en el Centro Penitenciario donde se preste servicios, además de las correspondientes retenciones particulares  y, suponiendo que no se perciban trienios, un funcionario de nueva incorporación:

  • Retribuciones en V1: 1670 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en V2: 1580 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área mixta: 1500 euros aproximadamente.
  • Retribuciones en área de Oficinas: 1440 euros aproximadamente.

¿Cómo es el sistema de oposición?, ¿Existe la posibilidad de promocionar laboralmente?

La carrera profesional se establece como un derecho en el Estatuto Básico del Empleado Público para todos los funcionarios públicos quedando establecida en 4 modalidades:

  • Promoción interna vertical
  • Promoción interna horizontal
  • Carrera vertical
  • Carrera horizontal

¿Si apruebo la oposición, existe la posibilidad de quedarme en el lugar en el que vivo?

Debido a los 84 Centros Penitenciarios existentes, los 30 Centros de Inserción Social y a los de nueva o futura creación, no es difícil conseguir el destino que se desea en un plazo corto de tiempo, si bien, dependerá de los concursos de traslados convocados al efecto.

¿Con que periodicidad se convocan plazas para el acceso al cuerpo de ayudantes de IIPP?

Las plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se convocan anualmente.

  • Programa y Ejercicios

    PROCESO SELECTIVO

    El proceso selectivo constará de una fase de oposición con dos pruebas de carácter eliminatorio y período de prácticas.

    FASE DE OPOSICIÓN

    Tendrá una duración máxima de 6 meses y estará formada por los dos ejercicios de carácter eliminatorio. El primer ejercicio estará compuesto de dos partes realizándose ambas en la misma fecha, una a continuación de la otra, siendo necesario para proceder a la corrección de la segunda parte del mismo haber superado la primera.

    Primer ejercicio. Primera Parte (Prueba de conocimientos generales tipo Test).

    Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 120 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 120 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un 1/3 del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.

    La duración del mismo será de 1 hora y 45 minutos.

    Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

    Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

    Primer ejercicio. Segunda parte: (Supuestos Prácticos).

    Consistirá en resolver por escrito sobre 8 supuestos de carácter práctico, cinco preguntas con cuatro respuestas múltiples por cada supuesto, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un 1/3 del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.

    La duración máxima será de 1 hora y 20 minutos.

    La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Las personas aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.

    Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.

    La calificación de la fase de oposición: En ambas partes del ejercicio de la fase de oposición, la calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.

    Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos partes siempre que ambas hayan sido superadas.

    En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

    1. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio.
    2. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio.
    3. Mayor número de aciertos obtenidos en la segunda parte del ejercicio.
    4. Mayor número de aciertos obtenidos en la primera parte del ejercicio.

    Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.

    Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

    Este primer ejercicio se desarrollará en Madrid y en Las Palmas de Gran Canaria.

    Segundo ejercicio: (Reconocimiento médico).

    Prueba de aptitud médica: Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en las personas aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V de esta convocatoria.

    Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio. La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de «Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.

    Si el número de declarados «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de personas aspirantes necesarias, de los que hayan superado las dos partes del primer ejercicio, según el orden de puntuación obtenido y aplicados, en su caso, los criterios de desempate señalados para la calificación de la fase de oposición.

    Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios y funcionarias de Organismos Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

    El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de plazas convocadas.

    PERÍODO DE PRÁCTICAS

    Las personas aspirantes que superen la fase de oposición, tras la presentación de la documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, serán nombradas funcionarios y funcionarias en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un periodo de prácticas que se estructurará en dos fases, una de formación teórico-práctica y otra de perfeccionamiento teórico-práctico. Ambas fases tendrán una duración máxima de doce meses.

    Fase de formación teórico-práctica. En esta fase las personas aspirantes desempeñarán, desde su comienzo y de forma tutelada, funciones propias de los puestos de trabajo adscritos al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los establecimientos penitenciarios que se determinen. Será obligatorio asistir al menos, el 80% de las jornadas de formación teórico-práctica para la realización del examen, que se calificará como «Apto» o «No Apto». Las personas aspirantes que no hayan superado esta fase no podrán realizar la fase de perfeccionamiento teórico-práctico.

    Mediante resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se establecerá el calendario, el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen esta fase, que tendrá una duración no superior a 4 meses.

    Fase de perfeccionamiento teórico-práctico. En esta fase los funcionarios y las funcionarias en prácticas realizarán funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios o de las funcionarias en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aun cuando el período no hubiese finalizado, con la consecuencia de ser calificado como «No Apto» en el mismo, de acuerdo con lo que se señala a continuación.

    Esta fase será evaluable y calificada de «Apto» o «No Apto», será requisito imprescindible, además de ser informado o informada como «Apto» por el órgano encargado del seguimiento en el Centro Penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado al menos, el 75% del periodo de prácticas en Centros Penitenciarios.

    Las personas aspirantes, una vez finalizadas y superadas las dos fases del periodo de prácticas, permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios o funcionarias en prácticas, hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de su nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera.

  • Precio y calendario

    Precios de los temarios

    Precio
    TEMARIO COMPLETO 113 €