Una investigación aboga por suprimir la prohibición general de la sucesión contractual prevista en el Derecho Común y eliminar así las asimetrías fiscales entre CCAA

Lun, 06/12/2021

‘Pactos sucesorios: ¿legalidad o abuso? Nuevo tratamiento fiscal a la luz de la proyectada reforma legislativa’ es el título del trabajo que obtuvo un Accésit en la modalidad de Tributación en el Premio Estudios Financieros 2021, cuya autoría corresponde a Aurora Ribes Ribes, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alicante.

Redacción CEF.- Media

¿Podría resumirnos su trayectoria investigadora?

Desde que comencé mi carrera académica, tres han sido las líneas de investigación a las que me he dedicado principalmente: la Fiscalidad Internacional, el Derecho Penal Tributario y el Federalismo fiscal.

¿En qué consiste la investigación y cuál ha sido la conclusión?

El trabajo aborda el estudio del tratamiento tributario de la sucesión contractual, prohibida con carácter general por el Código civil español, pero presente en seis Comunidades Autónomas que cuentan con Derecho civil propio.

La normativa en vigor hasta julio de 2021 contemplaba importantes ventajas fiscales para los pactos sucesorios, en especial por lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en comparación con el trato otorgado a las donaciones.

Este statu quo se ha visto modificado por dos circunstancias recientes: en primer lugar, por el cambio de criterio tanto de la Dirección General de Tributos como de los órganos consultivos de algunas Comunidades Autónomas; y, en segundo término, por la importante reforma acometida a través de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal de 2021, mediante la cual se recortan buena parte de sus beneficios fiscales.

Nuestro análisis profundiza en la híbrida naturaleza jurídica de los pactos sucesorios con eficacia de presente, equiparados a las transmisiones mortis causa por parte del Tribunal Supremo; examina la cambiante doctrina administrativa en esta sede y debate el fundamento que subyace a la política legislativa tendente a reducir su favorable tratamiento fiscal.

¿De qué modo los resultados de la investigación pueden repercutir en la sociedad?

Las conclusiones del trabajo son de especial interés para las Comunidades Autónomas en las que existen pactos sucesorios (Aragón, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, Navarra y País Vasco), a fin de conocer cuál será a partir de ahora la fiscalidad de estas “herencias en vida” y poder realizar una adecuada planificación sucesoria con total seguridad jurídica.

Adviértase que estamos hablando de una poderosa herramienta, cuyo uso ha crecido exponencialmente en la última década, al utilizarse como mecanismo de transmisión anticipada de bienes por causa de muerte -si bien en vida del causante- y, señaladamente, como instrumento para asegurar la continuidad y estabilidad empresarial.

Los resultados de la investigación son asimismo relevantes para el resto de las Comunidades Autónomas, pues abogamos por la supresión de la prohibición general de la sucesión contractual prevista en el Derecho Común, al objeto de eliminar las asimetrías fiscales entre los distintos territorios.

¿Cuál es la situación que atraviesa en materia de investigación y desarrollo el área de conocimiento de la que es experta?

En mi opinión, las investigaciones en materia de Derecho Financiero y Tributario atraviesan un momento excelente, pues a los estudios sobre cuestiones clásicas de la disciplina se suman otros sobre temáticas punteras, como, por ejemplo, el uso de la inteligencia artificial por parte de la Administración Tributaria, la fiscalidad de los criptoactivos o el papel de la imposición en la esfera del envejecimiento activo.

¿Cómo valora el Premio Estudios Financieros y las ayudas que comprende a la investigación?

El Premio Estudios Financieros es uno de los galardones más importantes a nivel nacional en materia tributaria. Supone un gran incentivo para todos los investigadores, tanto por el reconocimiento de la labor investigadora realizada, como por la dotación económica que implica.

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Aurora Ribes